La NOM-003-SSA3-2010 establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento, con los que deberán contar los establecimientos en los que se practique la hemodiálisis y terapias afines:
Debe tener un área de mínimo 1.5 x 2 m para cada estación de hemodiálisis donde debe caber la máquina de hemodiálisis y un sillón o cama para el paciente (se considera área gris).
Áreas de recepción, consultorio, central de enfermeras, almacén y cuarto séptico.
Área de pre-lavado y tratamiento de agua y opcionalmente un área para re-procesar los filtros de diálisis.
Sanitarios independientes para femeninas y masculinos y personal clínico.
Se deben verificar cada dos meses los contaminantes biológicos y cuando menos una vez al año los contaminantes químicos.
Todos los equipos médicos deben contar y apegarse a un programa de mantenimientos preventivos y correctivos.
Para garantizar el funcionamiento permanente de la unidad debe contar con cisternas o tinacos para el suministro de agua continuo y planta eléctrica automática de acuerdo a la capacidad de equipos instalados y que respalden el funcionamiento durante un corte de agua o electricidad durante el tiempo necesario para terminar el proceso de hemodiálisis de los pacientes.
EQUIPO: Máquina de hemodiálisis (con su material de consumo, filtros, Planta de tratamiento de agua con calidad para hemodiálisis (pre-filtros, ablandadores, carbón activado, ósmosis inversa, filtro de luz ultravioleta), Tomas o tanques de oxígeno, aspirador de secreciones, sillón reclinable tipo reposet o cama, báscula con estadímetro, carro de paro con desfibrilador, tanque de oxígeno y tabla rígida para RCP, electrocardiógrafo, esfigmomanómetro y estetoscopio, silla de ruedas